
Se propone la licitación por el procedimiento ABIERTO mediante la tramitación URGENTE del oportuno expediente de contratación de acuerdo con el artículo 116 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre. Al tratarse de un servicio especial del Anexo IV de la Ley de Contratos del Sector Público, según lo establecido en su artículo 145.4, los criterios relacionados con la calidad deberán presentar, al menos, el 51% de la puntuación asignable en la valoración de las ofertas.
En cuanto a los criterios de adjudicación, resultara adjudicatario el licitador que obtenga la mayor puntuación de acuerdo con la siguiente distribución de puntos:
• 49 puntos a la oferta económica. La totalidad de los 49 puntos sera para la oferta mas ventajosa asignándose al resto de ofertas los puntos de manera inversamente proporcional.
• 20 puntos a los licitadores que acrediten fehacientemente que mediante acuerdo con los representantes legales de los trabajadores hayan aprobado un Plan de Igualdad.
• 20 puntos a los licitadores que acrediten fehacientemente superar el porcentaje de contratos indefinidos establecido por el Convenio sectorial.
• 11 puntos a los licitadores que acrediten fehacientemente la existencia de un Plan Permanente de Formación aprobado y suscrito con los representantes legales de los trabajadores.



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