🚨 SICOR Seguridad El Corte Inglés, sancionada por ordenar desplazamientos a vigilantes de otra empresa en RENFE
Inspección de Trabajo de Barcelona inicia un procedimiento sancionador tras constatar que SICOR impartía órdenes de movilidad a personal de I-SEC sin incidencia justificativa, vulnerando los artículos 20.e) y 58 del Convenio Estatal.
La denuncia y la investigación
El expediente 8/0016698/24 se origina a raíz de una denuncia presentada por Andrés Campillo Pérez contra I-SEC Aviation Security, S.L., adjudicataria del Lote 4 del contrato de seguridad de RENFE-Operadora. En el marco de la instrucción, comparecen representantes de I-SEC y de SICOR Seguridad El Corte Inglés, S.L. ante la Inspección de Trabajo de Barcelona.
Según el informe, SICOR dispone de un centro de control (C24H) con finalidad de dar soporte a los lotes 4, 5 y 6 ante incidencias. No obstante, la Inspección constata que ese cometido se amplió de facto a la emisión habitual de instrucciones de cambios de servicio y desplazamientos a vigilantes de I-SEC, incluso sin incidencia previa.
Pruebas aportadas
I-SEC presentó correos electrónicos remitidos por inspectores de SICOR (fechas 17/09/2024, 03/10/2024 y 23/10/2024) en los que se solicitaban cambios y movilidad de personal por necesidades operativas, no por anomalías puntuales. La Inspección interpreta que se trata de una práctica regular y no excepcional.
El marco legal aplicable
El Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad (código 99004615011982) asigna la organización del trabajo —incluida movilidad y redistribución del personal— a la empresa empleadora (art. 20.e)), y delimita dicha movilidad dentro de la localidad por parte de la propia empresa (art. 58). Por ello, aun existiendo un centro de control común, SICOR no puede ordenar desplazamientos a personal de otra adjudicataria.
“Debe ser la propia empresa la que ejerza las funciones de distribución y movilidad de su personal, con independencia de las funciones de otra empresa en caso de incidencias.”
Conclusión y alcance
La Inspección concluye que SICOR Seguridad El Corte Inglés, S.L. excedió sus funciones al impartir órdenes de movilidad a vigilantes de I-SEC sin incidencia que lo justificara, por lo que inicia procedimiento sancionador por infracción en materia laboral al amparo de los artículos 20.e) y 58 del Convenio.
El caso establece un precedente relevante en el sector: la existencia de centros de soporte inter-lote no habilita a una empresa a organizar recursos humanos ajenos. Cada adjudicataria mantiene la plena responsabilidad organizativa sobre su personal, también cuando opera en un mismo cliente público como RENFE.
Resolución de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Barcelona (firmado por Elena Jorge Maestre) — Fecha: 17/12/2024.
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