Prosegur, Ombuds y la Ley 9/2015: la subrogación de deudas que puede bloquear licitaciones públicas - SEGURIDAD Y EMPLEO

Breaking

Diploma Superior Universitario de Detective Privado

de la Universidad Antonio Nebrija

Precio especial y pagos sin intereses para los seguidores de Seguridad y Empleo

"Sigue a Seguridad y Empleo para estar siempre informado de las mejores oportunidades laborales

miércoles, 1 de octubre de 2025

Prosegur, Ombuds y la Ley 9/2015: la subrogación de deudas que puede bloquear licitaciones públicas

Prosegur, Ombuds y la Ley 9/2015: subrogación de deudas y su impacto en licitaciones

Prosegur, Ombuds y la Ley 9/2015: la subrogación de deudas que puede bloquear licitaciones públicas

Seguridad y Empleo · Análisis jurídico-práctico para el sector de la seguridad privada

En seguridad privada, la subrogación de servicios no solo arrastra plantillas; también las obligaciones laborales y de Seguridad Social vinculadas a esos trabajadores. Este marco —art. 44 del Estatuto de los Trabajadores, TRLGSS y LCSP— puede impactar de lleno en la capacidad de licitar si existen deudas no regularizadas.

Punto clave: si una empresa asume un servicio subrogado con deudas de Seguridad Social no resueltas, puede quedar temporalmente impedida para contratar con la Administración al no poder acreditar estar al corriente.

1) Sucesión de empresa: artículo 44 del ET

El art. 44 ET subroga derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social cuando se transmite una entidad económica.

2) Responsabilidad por deudas (TRLGSS)

El TRLGSS prevé responsabilidad solidaria en supuestos de sucesión, extendida a las deudas previas.

3) Contratación pública y estar al corriente

La LCSP, art. 71 establece la prohibición de contratar para empresas con deudas con Hacienda o Seguridad Social.

Encaje en el caso Ombuds – Prosegur

Tras la desaparición de Ombuds, compañías —entre ellas Prosegur— asumieron servicios mediante subrogación. Además de continuidad operativa, puede proyectarse la asunción de deudas sociales. Sin regularización, la empresa entrante podría no obtener certificados y quedar bloqueada para licitar temporalmente.

Implicaciones prácticas para licitar

  • Due diligence previa de cargas laborales y SS en el servicio a subrogar.
  • Plan de regularización (acuerdos, fraccionamientos, garantías).
  • Coordinación concursal con reglas de transmisión (Ley 9/2015).
  • Timing de certificados vs. hitos del procedimiento.

Lecciones

  • La subrogación (art. 44 ET) arrastra obligaciones laborales y de Seguridad Social.
  • La responsabilidad por deudas preexistentes puede ser solidaria (TRLGSS).
  • Sin estar al corriente, no hay licitación (art. 71 LCSP).
  • En post-Ombuds, regularizar rápido evita quedar fuera del mercado público.

Referencias normativas: ET art. 44 (BOE); TRLGSS (BOE); LCSP 9/2017 art. 71 (BOE); Ley 9/2015 (BOE).





No hay comentarios:

Publicar un comentario

DEJANOS TU COMENTARIO

¡Precio
Espectacular!

Curso Superior de Director de Seguridad

Universidad Antonio Nebrija

Precio especial y pagos sin intereses para seguidores de Seguridad y Empleo

Popular

NUESTROS BLOGS

ÚNETE AL GRUPO OFICIAL DE SEGURIDAD Y EMPLEO EN WHATSAPP

MULTITUD DE OFERTAS DE EMPLEO TE ESTAN ESPERANDO.

ÚNETE AL GRUPO
⚠️ El contenido de esta página está protegido. No está permitido copiar. ⚠️