📑 Resumen Sentencia TS 770/2025 – Unificación de Doctrina
1. Partes
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Recurrente: D. Emiliano (vigilante de seguridad en Securitas Seguridad España S.A.).
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Parte recurrida: Securitas Seguridad España S.A.
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Ministerio Fiscal: informe en contra del recurso.
2. Objeto del litigio
Reclamación de 4.154,84 € en dietas y kilometraje por desplazamientos entre agosto 2021 y noviembre 2022.
El trabajador pedía:
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Que el cálculo del kilometraje y dietas se hiciera entre su centro de trabajo habitual (Les Coves de Vinromà) y el centro ocasional (Castellón de la Plana), sin considerar su domicilio en Oropesa del Mar.
3. Decisiones previas
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Juzgado de lo Social nº 5 Castellón (2022) → desestimó la demanda.
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TSJ Comunidad Valenciana (2024) → confirmó la sentencia.
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Recurso de casación para unificación de doctrina (2025) → invocaba contradicción con sentencia del TSJ Canarias (Las Palmas, 2023) que había reconocido kilometraje en caso similar.
4. Fundamentos jurídicos
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El Convenio Colectivo Estatal de Seguridad Privada (arts. 58 y 59) regula desplazamientos y dietas.
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El TSJ Valencia entendió que:
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El plus de transporte ya cubre el desplazamiento desde el domicilio.
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No procede kilometraje ni dietas al ir de Oropesa → Castellón, porque es incluso más corto que ir al centro habitual (Les Coves).
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No consta que hubiera desplazamiento a “otra localidad” en sentido del convenio.
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El TS analiza la supuesta contradicción con la sentencia de Canarias:
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Canarias: reconoció kilometraje cuando el trabajador se desplazaba ocasionalmente a otra localidad, aunque el trayecto fuera más corto que el habitual.
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Valencia: el actor pedía que se midiera el trayecto entre centros de trabajo, no desde el domicilio.
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Conclusión: no hay verdadera contradicción, porque las pretensiones no son equivalentes.
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5. Fallo
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Desestima el recurso de casación.
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Confirma la sentencia del TSJ de Valencia (2024).
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No hay condena en costas.
📌 Claves de la sentencia
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El punto de partida para dietas y kilometraje en el convenio es el domicilio del trabajador o la localidad de referencia, no la distancia entre centros de trabajo.
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No procede indemnización si el desplazamiento ocasional es incluso más corto que el habitual.
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No se unifica doctrina porque las sentencias comparadas no resuelven situaciones idénticas.
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