Condenado a cinco meses de prisión el jefe de la empresa Alcor Seguridad por explotar a una treintena de trabajadores - SEGURIDAD Y EMPLEO

Breaking

SEGURIDAD Y EMPLEO

Toda la seguridad privada en una sola página. Más de 3000 entradas y 2 millones de visitas nos certifica como uno de los grandes medio de comunicación en el ámbito de la seguridad privada en España

Crea y Diseña tu Academia Online.

Crea y Diseña tu Academia Online.
Crea y Diseña tu Academia Online.

TU CURSO DE DIRECTOR DE SEGURIDAD POR 80€

jueves, 29 de febrero de 2024

Condenado a cinco meses de prisión el jefe de la empresa Alcor Seguridad por explotar a una treintena de trabajadores


Cuatro socios de Alcor Seguridad comparecieron en el juicio físicamente, mientras que una quinta lo hizo a través de videoconferencia 


La cúpula de la empresa monfortina Alcor Seguridad ha sido condenada por un delito contra los trabajadores. Así lo notificó este jueves el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que hizo pública la sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo en la que se falla contra el jefe y varios socios de la compañía de seguridad que impusieron condiciones laborales ilegales a más de una treintena de trabajadores entre los años 2011 y 2015.

 
Métodos de presión para imponer condiciones ilegales


Los magistrados consideran probado en la sentencia que, desde aproximadamente el año 2011 hasta octubre de 2015, el acusado, quien «de facto regentaba la entidad», empleó «a múltiples trabajadores como vigilantes de seguridad, a quienes imponía, mediante engaño y abusando en algunos casos de su situación de necesidad, condiciones laborales que vulneraban los derechos reconocidos a los mismos en las disposiciones legales vigentes».
La Audiencia da por probado que la sociedad «les imponía mediante engaño y abusando de su situación de necesidad condiciones laborales que vulneraban sus derechos». Otros tres socios han terminado también condenados a penas menores


Así, la sala subraya que, entre otras condiciones, les exigía «firmar documentos en blanco o parcialmente cubiertos al tiempo de formalizar el contrato con la entidad o con posterioridad, desconociendo estos su contenido y efectos, tales como recibís, solicitud de anticipos, el modelo 145 del IRPF, manifestación de que no tenían nada que reclamar a la empresa, de haber recibido formación e información en relación con su puesto de trabajo o de conformidad con el convenio colectivo».

La sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo condena ahora a cuatro de los cinco acusados. Eso sí, a penas mucho menores de lo que solicitaban la Fiscalía y la acusación. El jefe ha sido condenado a cinco meses de prisión, pero el tribunal también castiga con tres meses de prisión, en concepto de cooperadores necesarios, al entonces jefe de servicios en las Islas Canarias y a la que ejercía como delegada de la entidad en Asturias y en Cataluña; y a un mes de cárcel, como cómplice, a una administrativa de la sede de la empresa en Monforte de Lemos. Desde Alcor Seguridad ya han confirmado que recurrirán este fallo ante el TSXG.


Métodos de presión para imponer condiciones ilegales


Los magistrados consideran probado en la sentencia que, desde aproximadamente el año 2011 hasta octubre de 2015, el acusado, quien «de facto regentaba la entidad», empleó «a múltiples trabajadores como vigilantes de seguridad, a quienes imponía, mediante engaño y abusando en algunos casos de su situación de necesidad, condiciones laborales que vulneraban los derechos reconocidos a los mismos en las disposiciones legales vigentes».


Así, la sala subraya que, entre otras condiciones, les exigía «firmar documentos en blanco o parcialmente cubiertos al tiempo de formalizar el contrato con la entidad o con posterioridad, desconociendo estos su contenido y efectos, tales como recibís, solicitud de anticipos, el modelo 145 del IRPF, manifestación de que no tenían nada que reclamar a la empresa, de haber recibido formación e información en relación con su puesto de trabajo o de conformidad con el convenio colectivo».

Además, algunos trabajadores, según el fallo, «desplegaban largas jornadas laborales con turnos de 24 horas sucesivos durante varios días, sin respeto de los descansos establecidos»; y a los provenientes de otra empresa que debían ser subrogados por la entidad, les exigía «formalizar nuevo contrato, renunciando a la subrogación y, consiguientemente, a su antigüedad como requisito para realizar horas extraordinarias».

Los magistrados también consideran probada la «no realización de cursos de formación de obligado desarrollo, presentando la empresa justificantes inveraces firmados por los trabajadores acreditativos de haberlos realizado e instruyendo a los mismos a realizar manifestaciones en tal sentido si fueren requeridos por los servicios de inspección»

El tribunal destaca que el condenado «era auxiliado en la imposición de tales condiciones y en el control de su cumplimiento por los también el jefe de servicios en Canarias, la delegada en Asturias y Cataluña y una administrativa».


«Estimamos que el modus operandi de la entidad en el período enjuiciado, engañoso y coactivo, imponiendo a los trabajadores condiciones ilegales, beneficiosas para la misma y claramente perjudiciales en sus derechos laborales, es subsumible en el tipo penal», concluyen los jueces en la resolución.
La sentencia rechazó la tesis de defensa de Alcor


Desde el inicio de la instrucción hasta esta última sesión del juicio, Alcor Seguridad siguió la misma línea de defensa: que eran los propios trabajadores los que pedían realizar turnos dobles y horas extraordinarias.


En su informe, los abogados de los acusados esgrimieron varios argumentos en este sentido. La defensa del director de la empresa, C. S. C., explicó que los hechos que se le imputaban a su cliente «no son antijurídicos», ya que «no hay delito por ningún lado», por lo que «lo procedente es una sentencia absolutoria». Finalmente, no ha sido así.


La Fiscalía y la acusación popular pedían dos años y medio de prisión para el director de Alcor Seguridad y dos años para cada uno de sus cuatros socios, también imputados. Además, solicitaban una indemnización de 6.000 euros para cada trabajador, restando a los que retiraron ya sus denuncias.


Finalmente, las penas se han quedado en cinco, tres y un mes para los cuatro acusados, ya que uno salió absuelto. Las indemnizaciones por daños morales para media docena de empleados se quedarán en mil euros.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

DEJANOS TU COMENTARIO

NUESTROS BLOGS

Formulario de contacto

Nombre

Correo electrónico *

Mensaje *

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD
La universidad de Vitoria Gasteiz saca un curso Universitario de Especialización en INTERVENCIÓN POLICIAL