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viernes, 9 de septiembre de 2022

Conoce las propuestas de UGT para el convenio 2023


FeSMC‐UGT hace referencia en su intervención a la plataforma conjunta acordada con las organizaciones sindicales de carácter estatal, que pasa a desarrollar a continuación: ‐
 Vigencia: Como ya se expresó en la primera reunión, resulta imprescindible que el próximo convenio colectivo sea plurianual, algo necesario para dar estabilidad al sector, en la línea de la necesaria modernización y adaptación a la innovaciones tecnológicas y nuevas realidades que se vienen produciendo.
 Esta estabilidad, acompañada de una mejora en las condiciones laborales debería facilitar la incorporación de personas trabajadoras al sector. 

En ese sentido la propuesta es la de que el ámbito temporal del convenio comprenda los años 2023 a 2026. ‐ Incrementos términos económicos del convenio. 

Como ya se ha identificado, las personas trabajadoras del sector no pueden seguir cautivas de la errónea espiral comercial llevada a cabo por las empresas del sector en contratos de media‐larga duración al cubrir mínimamente los costes salariales en sus ofertas a los clientes, no contemplando ni los lógicos incrementos derivados de los convenios colectivos ni poniendo en valor la actividad desarrollada por las personas trabajadoras y las empresas del sector. Se es consciente de las dificultades para trasladar incrementos a estas alturas a los clientes, en particular a la administración pública, pero resulta necesario que esos incrementos se produzcan más en el actual contexto de inflación descontrolada que tanto está afectando, en particular a los colectivos con retribuciones más bajas donde el impacto es mayor. 

En esa línea, y partiendo de una postura de absoluta razonabilidad se plantean los siguientes incrementos garantizados sobre todos los conceptos: 8% para el año 2023, 4% para el año 2024, 2% para el año 2025 y 2% para el año 2026, los cuales podrán verse incrementados en función de la cláusula de revisión que se expresa en el siguiente apartado. 

Los porcentajes ahí fijados responden a la necesidad de un incremento inmediato de las retribuciones de las personas trabajadoras y a las actuales previsiones de IPC por parte de los distintos organismos encargados de ello. 

‐ Cláusula de revisión vinculada al IPC real de cada ejercicio. Toda vez que nadie puede asegurar que las previsiones actuales de IPC sean acertadas, y como mecanismo para evitar la pérdida de poder adquisitivo de los salarios, se plantea la incorporación de una cláusula de revisión de los incrementos que garantice que en caso de que el IPC de cada año supere el porcentaje de incremento establecido, el mismo se verá incrementado hasta alcanzar el equivalente al porcentaje de IPC.

‐ Plus de fin de semana y festivo. Universalización del plus para todas las personas que regulan sus relaciones laborales por el convenio colectivo. 

‐ Plus de peligrosidad. Incremento progresivo del plus de peligrosidad mínimo para todos los vigilantes de forma que se vaya equiparando al importe del plus de peligrosidad para el vigilante armado. 

‐ Otros pluses. Incorporación al convenio de pluses específicos por los siguientes conceptos: conducción, idiomas, canero, acudas, turnicidad, hospitalario, infraestructuras críticas, etc. reapertura de la mesa con Fomento para abordar los pluses de AENA, ADIF, etc. 
‐ Jornada de trabajo. Reducción de la jornada anual de forma progresiva en cada año de convenio hasta alcanzar las 1742 horas en el año 2026. 

Entrega de cuadrante mensual con una antelación mínima de 10 días a su inicio con el fin de conciliar la vida familiar y laboral. Mejorar sistemas de libranzas para que sea más de un fin de semana al mes, así como incorporar a los mismos o el viernes previo o el lunes posterior. 

‐ 1 día de permiso retribuido por asuntos propios con consideración de las horas empleadas como tiempo de trabajo efectivo. ‐ Incluir permiso retribuido para asistencia a consulta médica con menores de edad. ‐ Día de inicio del cómputo de los permisos retribuidos. Aclarar que los permisos empiezan a disfrutarse el primer día que el trabajador debiera acudir a su puesto de trabajo según su cuadrante. 

‐ Subrogación. Mejoras de redacción que garanticen la subrogación de la totalidad del personal y el mantenimiento de los puestos de trabajo y todas las condiciones laborales de los trabajadores/as afectados por la subrogación. 
Incluir criterios de subrogación respecto de personal adscrito a servicios de movilidad y/o vigilancia dinámica para varios clientes y reformulación de los criterios de subrogación para el personal de transporte de fondos. ‐ Vacaciones. 

Subrogación. La empresa saliente abonará la parte de vacaciones que le corresponda a cada trabajador hasta la fecha de la subrogación, estando obligada la empresa entrante a la concesión del disfrute de las vacaciones correspondientes por los dos períodos y al abono solamente de la parte que le corresponda según el tiempo de servicio en la misma. 


En caso de subrogación, las empresas habrán de respetar el calendario vacacional establecido. ‐ Actualización del convenio en materia de contratación, adaptándolo a la reforma laboral. ‐ Reconocimientos médicos y vigilancia de la salud. Mejora de los mismos y establecimiento de Pluses de riego biológico, de penosidad y toxicidad para determinados puestos de trabajo (Hospitales, centrales nucleares, industrias químicas de riesgo…).
 Mejora de todo el texto relativo a salud laboral y prevención de riesgos. 

‐ Regulación para la protección de los trabajadores y trabajadoras especialmente sensibles, tanto por la existencia de patologías activas, deterioro del estado físico o edad elevada, adoptando medidas técnicas u organizativas que garanticen su seguridad y salud. Para tal fin, las empresas estarán obligadas a facilitar un puesto de trabajo que se adapte a las circunstancias específicas del trabajador. 

‐ Coeficientes reductores. Proseguir con los trabajos para la propuesta de la atribución de coeficientes reductores para el personal del sector en términos similares a los de los Cuerpos y Fuerzas de seguridad del Estado, de tal modo que se posibilite la anticipación de la edad de jubilación. 
‐ Aclaración y acotamiento del concepto de macroconcentración urbana. De tal modo que se limite el radio de las mismas y se concreten compensaciones económicas para los desplazamientos, pues se está utilizando de forma irregular para “castigar” enviando a realizar servicios a grandes distancias incrementando aún más la dificultad de conciliación de la vida personal y familiar. 
‐ Mantenimiento de empleo. Obligación de mantenimiento del volumen de plantilla de las empresas que cuentan con personal del Grupo V del art. 28 (personal de seguridad electrónica) mientras mantengan o incrementen su cartera de clientes o volumen de negocio, de tal forma que puedan subcontratar sus servicios con personal ajeno solo para atender el exceso que el personal propio de plantilla no pueda cubrir. 

‐ Ampliación de la asistencia jurídica para cubrir otras reclamaciones o procedimientos además de los actuales. 

‐ Mejora de redacción en materia de igualdad. 
‐ Mejoras de redacción y aclaración de artículos que generan situaciones de conflicto en el día a día. Tras esta exposición en nombre de los tres sindicatos el representante de FeSMC‐UGT realiza dos apreciaciones finales. Considera que las propuestas planteadas por la representación empresarial están en las antípodas de esta propuesta sindical, quienes quieren apostar por un modelo que caracteriza a empresas del Norte de Europa más que las que definen a otros entornos geográficos. 

Una propuesta empresarial, que alude a una oferta salarial amparada en CEOE y que exige que se renuncie a la antigüedad, la modificación de la IT y de sector del transporte de fondos. Recuerda que su organización no está dispuesta a renunciar a derechos sino a proteger a los trabajadores. No se puede, en definitiva, amparar un avance en la precariedad y en los bajos salarios.




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