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jueves, 20 de mayo de 2021

El TSJC reconoce el derecho de los vigilantes de sedes judiciales y centros de menores a protestar y abandonar su puesto de trabajo



El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha avalado las huelgas de vigilantes de las sedes judiciales y centros de custodia de menores y ha propinado un revĂ©s al Govern. La segunda instancia judicial ha tumbado una resoluciĂłn de servicios mĂ­nimos de la Ăşltima protesta a gran escala en el sector de la seguridad privada en verano de 2020. 

Lo ha hecho la secciĂłn segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo en una sentencia reciente a la que ha tenido acceso este medio. La resoluciĂłn anula la orden de servicios mĂ­nimos dictada por el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias y, además, condena a costas a la AdministraciĂłn autonĂłmica. Abre tambiĂ©n la espita del derecho a la protesta laboral en las sedes judiciales y cárceles para menores de edad. 

Pifia de Justicia 


Los magistrados argumentan su decisiĂłn sobre dos pilares. El primero es una pifia del Departamento de Justicia, que comanda la consellera Ester Capella (ERC). Cuando se notificĂł la huelga total en la seguridad privada, la consejerĂ­a pidiĂł al Departamento de Trabajo incluir las dependencias judiciales y los centros de menores en el umbral del 85% de servicios mĂ­nimos. No obstante, no pidiĂł previamente un informe al Departamento de Interior, que es quien habĂ­a enumerado los servicios esenciales durante la protesta. 

Además de esta chapuza, la sala cuestiona el "carácter obligatorio [...] de los servicios de seguridad privada existentes en los centros educativos de justicia juvenil, juzgados, tribunales y dependencias de la AdministraciĂłn pĂşblica". ¿Por quĂ©? Porque dicho carácter, vistas las exposiciones de todas las partes, ADN Sindical, mayoritario, por un lado, y la patronal Aproser y el Govern por el otro, "no satisface el canon de motivaciĂłn exigido constitucionalmente". 

Denunciante: "Justicia se inventĂł servicios mĂ­nimos"


A preguntas de este medio, ADN Sindical ha señalado que el Departamento de Justicia emitiĂł informe el 15 de julio de 2020 "al ver que los vigilantes podĂ­an ejercer su derecho a la huelga". En dicho documento, "se inventaron unos servicios mĂ­nimos que despuĂ©s el Departamento de Trabajo ejecutĂł y modificĂł". Ello "dejĂł a los vigilantes sin derecho a la huelga". Desde la plataforma sindical más representativa se subraya tambiĂ©n que el TSJC falla a su favor y condena a costas a la AdministraciĂłn. 

El conflicto emana de la huelga indefinida de la seguridad privada en julio de 2020, coincidiendo con la desescalada tras los meses más duros de reclusiĂłn y limitaciĂłn de actividad econĂłmica e interacciĂłn social. Los vigilantes exigĂ­an un convenio laboral propio para Cataluña que acabara con las contratas "a precio". Asimismo, los huelguistas pedĂ­an renovaciĂłn de personal ante el envejecimiento del sector y potenciar las plantillas, pues faltan unos 500 profesionales en la regiĂłn, segĂşn sus cálculos. 



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