Adjudicado el servicio de vigilancia y protección del Tribunal Económico-Administrativo Regional de la Comunidad Valenciana - SEGURIDAD Y EMPLEO

Breaking

SEGURIDAD Y EMPLEO

Toda la seguridad privada en una sola página. Más de 3000 entradas y 2 millones de visitas nos certifica como uno de los grandes medio de comunicación en el ámbito de la seguridad privada en España

Crea y Diseña tu Academia Online.

Crea y Diseña tu Academia Online.
Crea y Diseña tu Academia Online.

TU CURSO DE DIRECTOR DE SEGURIDAD POR 80€

lunes, 25 de mayo de 2020

Adjudicado el servicio de vigilancia y protección del Tribunal Económico-Administrativo Regional de la Comunidad Valenciana

Omnia seguridad se adjudica por 28.152€ el servicio de vigilancia y protección del Tribunal Económico-Administrativo Regional de la Comunidad Valenciana, después de que los tribunales le quitara la adjudicación a la empresa epsilon.



Una vez examinada la documentación aportada, se constata que la empresa EPSILON SEGURIDAD, S.L. no ha cumplimentado adecuadamente el requerimiento en plazo, ya que entre otros extremos, no ha constituido la garantía definitiva procedente, establecida en los epígrafes 12.1 y 12.2 del PCAP, por lo que al no cumplir con este requisito indispensable y de acuerdo con la previsión contenida en el artículo 109 de la LCSP, esta Mesa de contratación como órgano de asistencia especializado concluye que no procede efectuar la adjudicación a su favor. Siendo además de aplicación lo dispuesto en el penúltimo párrafo del apartado 2 del artículo 150 en concepto de penalidad y sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2, del artículo 71. 



Por todo lo anterior y conforme a lo previsto en la LCSP, la Mesa de contratación estima que por parte de losservicios correspondientes del órgano de contratación se proceda a recabar la misma documentación especificada en el PCAP y que sirva de soporte a su oferta, al licitador siguiente, por el orden en que han quedado clasificadas las ofertas, indicándole en el requerimiento que según lo previsto en la Disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público se suspenden hasta que pierda la vigencia el estado de alarma o sus posibles prórrogas, todo ello sin perjuicio de que el licitador propuesto, si así le interesara, pueda aportar la documentación solicitada de forma voluntaria. Una vez recibida la documentación solicitada a la empresa OMNIA SEGURIDAD, S.L. se procederá a la convocatoria de la Mesa de contratación para que la examine en cumplimento del Dictamen con referencia A.G. Interior 5/19 (R-940/2019) de la Abogacía General del Estado. 







No hay comentarios:

Publicar un comentario

DEJANOS TU COMENTARIO

NUESTROS BLOGS

Formulario de contacto

Nombre

Correo electrónico *

Mensaje *

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD
La universidad de Vitoria Gasteiz saca un curso Universitario de Especialización en INTERVENCIÓN POLICIAL