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martes, 20 de agosto de 2019

Se queda desierto el concurso para el Servicio de vigilancia y seguridad de las distintas dependencias de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social para el año 2020




El concurso público para la seguridad  de las tesorerías de la seguridad social de Tenerife y tras la apertura de  los sobres el día 6 de Agosto que tras presentarse una sola empresa de seguridad Sistemas de Seguridad SH Lanzarote, S.L , que presentaba numerosos errores en la licitación, por lo que la mesa de contratación a declarado el concurso como desierto y a la espera de convocar nuevamente la licitación.


Actualmente trabajan 12 vigilantes de seguridad que tendrán que esperar a un nuevo concurso público que garantice la calidad del servicio.


Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas 



Bolsa de 200 horas de trabajo gratuitas 20: Cantidad Mínima : 10 Cantidad Máxima : 20

Fomento contratación femenina Subtipo Criterio :  6 Cantidad Mínima : 0 Cantidad Máxima : 6 

Formación Subtipo Criterio : 10 Cantidad Mínima : 0 Cantidad Máxima : 10 

Precio ofertado Subtipo Criterio : Precio Ponderación : 49 Cantidad Mínima : 0 Cantidad Máxima : 49 

Recursos técnicos y materiales aportados : 15 Cantidad Mínima : 0 Cantidad Máxima : 15
                                               
Por la Dirección Provincial de la TGSS en Santa Cruz de Tenerife se ha tramitado el expediente número 38/PA-2020/02, de cuyas actuaciones resultan, entre otros, los siguientes antecedentes: Primero.- Aprobado el expediente de contratación, y previos los trámites legalmente pertinentes, el Órgano de Asistencia de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Santa Cruz de Tenerife, de conformidad con lo establecido en el artículo 326 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, adoptó los siguientes acuerdos: 1.- El órgano de asistencia de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Santa cruz de Tenerife en sesión del día 06 de agosto de 2019, procedió a admitir a la licitación a la única empresa que se presentó. • Sistemas de Seguridad SH Lanzarote, S.L. Tras la revisión de la documentación aportada por los licitadores la mesa concluye lo siguiente: Requerir subsanación de la documentación al licitador: • Sistemas de Seguridad SH Lanzarote, S.L. Tendrá que aportar de nuevo la documentación necesaria para el cumplimiento de los siguientes requisitos: Deberá firmar electrónicamente el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC). Así mismo, deberá aportar un DEUC complementario con la información relativa a la empresa subcontratista cumplimentado en las partes I, II apartados A y B y III. 2.- El órgano de asistencia de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Santa cruz de Tenerife en sesión del día 13 de agosto de 2019 y tras la revisión de la documentación aportada por el licitador concluye lo siguiente: Ha aportado el DEUC debidamente firmado. No ha aportado el DEUC complementario, con la información relativa a la empresa subcontratista. Excluir al licitador, Sistemas de Seguridad SH Lanzarote, S.L., al no haber aportado la documentación requerida Considerando todos los antecedentes expuestos, esta Dirección Provincial, en su calidad de Órgano de Contratación de la Entidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 323 de la Ley de Contratos del Sector Público, en el ejercicio de dicha competencia, R E S U E L V E Dar por finalizado este procedimiento por quedar desierto. La presente resolución agota la vía administrativa pudiendo formularse frente a ella, con carácter potestativo, el recurso especial en materia de contratación al que se refieren los artículos 44 y siguientes de la LCSP, en el plazo de 15 días hábiles contado a partir del siguiente a aquel en que se remita la notificación de este acto, en la forma establecida en los artículos 50 y 51 de la citada Ley. También cabe interponer contra la presente resolución recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley Reguladora de dicha jurisdicción. Santa Cruz de Tenerife a 14 de agosto de 2019




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