Excedencia Voluntaria: Derechos y Regulaciones en el Reingreso
La excedencia voluntaria es una figura contemplada en el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores (ET), que permite a los empleados suspender temporalmente su contrato de trabajo sin perder la relación laboral con la empresa. Sin embargo, uno de los aspectos más importantes a considerar en este tipo de excedencia es el derecho al reingreso una vez finalizado el periodo concedido.
Es común que los convenios colectivos regulen el proceso de reingreso, incluyendo plazos y condiciones, como la exigencia de solicitar el reingreso con un mes de antelación. Sin embargo, es importante tener en cuenta que las disposiciones de un convenio colectivo no pueden contradecir los mínimos de derechos establecidos por la ley.
El Tribunal Supremo ha dejado claro que, aunque se pueda establecer un plazo de preaviso para solicitar el reingreso, el incumplimiento de este plazo no puede implicar la pérdida automática del derecho.
La finalidad del preaviso es facilitar a la empresa la planificación ante una posible vacante, pero en ningún caso puede suponer la extinción del contrato si el trabajador solicita el reingreso dentro del periodo de excedencia.
Por tanto, si un convenio colectivo establece un plazo de preaviso, debe ser razonable y proporcionado. En caso de no cumplirse, lo que corresponde es una moratoria temporal para la empresa, no la pérdida del derecho del trabajador a reincorporarse.
Conclusión: Si te encuentras en una situación de excedencia voluntaria, asegúrate de revisar tanto el Estatuto de los Trabajadores como tu convenio colectivo. La solicitud de reingreso es un derecho que debe respetarse, siempre que se realice dentro del plazo de excedencia concedido.
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