Si te quedan días de vacaciones por disfrutar, no puedes solicitar tu prestación contributiva todavía porque no estás aún en ‘situación legal de desempleo’, requisito indispensable para tener derecho a la prestación por desempleo.
La situación legal de desempleo se produce tras el período de vacaciones que no has disfrutado y que la empresa te ha pagado en la liquidación o finiquito, periodo en que sigue siendo obligatoria la cotización a la Seguridad Social.
Una vez haya transcurrido tu periodo de vacaciones tendrás un plazo de 15 días hábiles para solicitar tu prestación. Puedes hacerlo a través de Sede Electrónica o acudiendo con cita previa a una oficina de prestaciones del SEPE.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
DEJANOS TU COMENTARIO