DESPIDO DISCIPLINARIO. Despedido por quedarse a cuidar de su perro enfermo. El despido es improcedente porque no faltó más que un día, pero no es nulo ya que no se vulneraron las creencias animalistas del trabajador. Aunque la creencia en los derechos de los animales es una convicción personal que merece protección como derecho fundamental, el despido no es nulo. Para ello es preciso probar que tiene convicciones “animalistas” y que son conocidas por el empresario. La carga de esta prueba le compete al empleado. No ha habido discriminación por pensamiento o ideología. El TSJ Cataluña desestima el recurso de suplicación y declara que el despido disciplinario fue improcedente, confirmando lo dispuesto por el Juzgado núm. 11 de Barcelona.
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