El pleno del Ayuntamiento de Chiva ha aprobado la modificación de la ordenanza municipal reguladora de Cumbres de Calicanto que supone una pequeña revolución para la urbanización ya que se elimina el artículo 4 de la norma, redactada en 1970, por la que se obligaba a los propietarios y propietarias de parcelas a pagar la tasa por la vigilancia privada de la urbanización. Esta circunstancia ha creado un malestar entre el vecindario durante años, con dudas legales sobrela obligatoriedad de esta tasa y que ayer la concejalía de Urbanismo cambió. De hecho, en el preámbulo de la modificación de la normal, la concejalía responsable de la iniciativa deja claro que se persigue «la supresión de aquellas referencias a Urbanizadora Calicanto S.A., a la cual se atribuían potestades relativas a la ordenación y gestión del territorio». Según el texto original, aprobado y firmado por los arquitectos el 10 de julio de 1970 y ratificado en 1983, «las presentes ordenanzas son complemento inicial de los Estatutos de constitución y Régimen Interno de la Comunidad a los que como coadyuvadores de la Sociedad Urbanizadora Calicanto S.A. queda atribuida la labor de vigilancia y acatamiento del régimen jurídico». Con la modificación, todo el artículo 4 desaparece, por lo que ahora el abono de la tasa de seguridad privada será opcional y no forzosa.
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