Trabajo propone suprimir el último párrafo del punto 3 del articulo 86 del ET "Transcurrido un año desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio o dictado un laudo arbitral, aquel perderá, salvo pacto en contrario, vigencia y se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación". Por tanto, con la reforma, ante la falta de un nuevo convenio, seguirá el anterior.
Por otro lado, en el 86 están surgiendo dudas sobre la fórmula para dirimir las diferencias cuando fracasen las negociaciones de convenios. Actualmente, el ET establece un laudo arbitral, sin embargo, el Gobierno es partidario de aplicar sistemas de solución autónoma.
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