Madrid, 12 de junio de 2025. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, mediante sentencia número 17/2025, ha fallado en el procedimiento penal nº 2/2023 sobre un supuesto fraude relacionado con la venta de cursos de seguridad privada y criminología por parte de la entidad ASPROCRIME. Esta organización ofertaba formación a través de Internet a personas interesadas en convertirse en vigilantes de seguridad o escoltas, pero cuyos títulos resultaron ser inútiles para el acceso a la profesión regulada.
👩⚖️ Datos esenciales del procedimiento
Órgano: Audiencia Nacional
Número de resolución: SAN 2762/2025
ECLI: ES:AN:2025:2762
Fecha de la sentencia: 12 de junio de 2025
Ponente: María Teresa García Quesada
Municipio: Madrid
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🎓 Los hechos: cursos sin validez ni acreditación oficial
El caso parte del testimonio de un afectado que relató cómo contactó con ASPROCRIME tras ver una oferta de formación relacionada con vigilancia y escolta privada. Atraído por la posibilidad de acceder a la profesión sin necesidad de pruebas físicas ni exámenes oficiales, el denunciante decidió matricularse y pagó 1.800 euros.
La formación consistía en:
Acceso a un campus virtual.
Entrega de ejercicios por Internet.
Comunicación vía correo electrónico para resolver dudas.
El alumno, confiando en la oferta, realizó todo el curso con la esperanza de conseguir un título que le permitiera trabajar como vigilante de seguridad o escolta.
Sin embargo, al finalizar, descubrió que el título carecía de validez legal. Ni estaba homologado por el Ministerio del Interior, ni permitía acceder a las pruebas oficiales para obtener la TIP (Tarjeta de Identificación Profesional). El afectado se sintió estafado y acudió a la vía judicial.
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💼 Argumentos de la defensa y análisis del tribunal
Durante el juicio, el denunciante:
Afirmó que no trabajaba como vigilante de seguridad, sino que pretendía hacerlo tras el curso.
Indicó que el curso no mencionaba claramente que no era oficial.
Añadió que nunca recibió los títulos prometidos y que no sabía si el pago lo hizo directamente a ASPROCRIME o a través de E-Magister.
El tribunal, tras examinar el caso, reconoció las prácticas engañosas, aunque limitó su alcance jurídico al no haberse acreditado suficientemente la intencionalidad delictiva por parte de los responsables de ASPROCRIME ni una estafa generalizada.
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🧾 Conclusión de la sentencia
La sentencia se centra en delimitar responsabilidades, clarificando que:
Las personas que se matriculan en cursos para ser vigilantes de seguridad deben verificar que estos estén oficialmente homologados por el Ministerio del Interior.
Entidades como ASPROCRIME, que venden cursos sin esa homologación, incurren en prácticas comerciales engañosas, aunque en este caso no se acreditó dolo penal.
No obstante, se reconoce la situación de vulnerabilidad del afectado, que actuó de buena fe y fue inducido al error por una publicidad poco clara y aparentemente legal.
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🚨 Lección para el sector de la seguridad privada
Este caso sienta precedente sobre la proliferación de plataformas que ofertan formación no oficial en el ámbito de la seguridad. La Audiencia Nacional subraya la necesidad de reforzar la supervisión de estas entidades y concienciar al público sobre los requisitos legales para ejercer como vigilante de seguridad o escolta:
La única vía legal para ejercer en España es superar el curso homologado por el Ministerio del Interior, realizar las pruebas físicas y teóricas convocadas por la Policía Nacional, y obtener la TIP oficial.
Desde Seguridad y Empleo insistimos: infórmate bien antes de pagar por cualquier curso relacionado con la seguridad privada. Consulta siempre que la entidad esté habilitada oficialmente y que el título permita acceder a las pruebas correspondientes.
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