Análisis Jurídico de la Sentencia STS 4741/2024
Resumen del Caso
La sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Social, número 4741/2024 (ECLI:ES:TS:2024:4741), resuelve el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el trabajador, Narciso, quien alegaba que la extinción de su contrato por no superar el período de prueba constituía un despido improcedente. El trabajador había sido contratado por SEGURISA Servicios Integrales de Seguridad S.A., bajo una cláusula que mencionaba un "período de prueba según convenio". La empresa, al finalizar este período sin éxito, procedió a la extinción del contrato, lo cual fue recurrido por el trabajador.
Antecedentes de Hecho
- El trabajador fue contratado el 31 de agosto de 2021 como vigilante de seguridad con un salario mensual de 1,316.80 euros.
- En el contrato se establecía un "período de prueba según convenio".
- El 23 de septiembre de 2021, SEGURISA comunicó la extinción del contrato por no superar dicho período.
- La demanda inicial de despido improcedente fue rechazada tanto en primera instancia como en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, lo cual motivó la presentación del recurso de casación.
Fundamentos de Derecho
La Sala IV del Tribunal Supremo estableció que la cláusula del contrato que remite al "período de prueba según convenio" no cumple con la obligación legal de fijar de manera precisa la duración del período de prueba. Esta falta de especificidad genera inseguridad jurídica y vulnera los derechos del trabajador.
Se hace referencia al artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores, que permite establecer períodos de prueba, pero requiere que su duración esté claramente especificada, cosa que no ocurre cuando simplemente se remite al convenio colectivo.
El Tribunal Supremo aplica la doctrina jurisprudencial establecida en sentencias anteriores, en particular la STS de 9 de diciembre de 2021 y la STS de 12 de abril de 2023, que subrayan la necesidad de especificar la duración del período de prueba para que este sea válido.
Decisión del Tribunal Supremo
El Tribunal considera procedente el recurso de casación para la unificación de doctrina y declara la extinción del contrato como despido improcedente. Condena a SEGURISA a readmitir al trabajador en las mismas condiciones o a indemnizarlo con 119.05 euros, además de los salarios de tramitación que no haya percibido, en caso de optar por la readmisión.
Conclusiones Jurídicas
Esta sentencia establece un precedente relevante sobre la exigencia de claridad en los contratos laborales respecto al período de prueba. La simple referencia al "período de prueba según convenio" no garantiza los derechos del trabajador ni la transparencia necesaria en las relaciones laborales.
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