Tabla de Enfermedades para Solicitar la Incapacidad Permanente
¿Qué es la Incapacidad Permanente?
La incapacidad permanente es un beneficio vitalicio o temporal que concede la Seguridad Social a las personas que, debido a una enfermedad o accidente, no pueden realizar su trabajo habitual o cualquier otro tipo de empleo. Este sistema de protección busca asegurar ingresos para quienes, por su condición médica, han quedado incapacitados parcial o totalmente para desempeñar su profesión.
Existen varios grados de incapacidad permanente, como la parcial, la total, la absoluta y la gran invalidez, que varían en función de la gravedad de la enfermedad o lesión. Cada uno de estos grados ofrece una cuantía diferente de pensión y está sujeto a revisiones periódicas que determinan si la persona continúa cumpliendo con los requisitos.
Grados de Incapacidad Permanente
A continuación, te explicamos los diferentes tipos de incapacidad permanente:
- Incapacidad Permanente Parcial: Supone una disminución del rendimiento laboral, aunque permite seguir desempeñando la actividad profesional habitual. Generalmente, la pensión correspondiente es una compensación económica única.
- Incapacidad Permanente Total: Impide realizar el trabajo habitual, pero permite dedicarse a otra profesión distinta. En este caso, la pensión suele equivaler al 55% de la base reguladora.
- Incapacidad Permanente Absoluta: Inhabilita al trabajador para cualquier tipo de actividad laboral. En este caso, la pensión es del 100% de la base reguladora.
- Gran Invalidez: Es el grado máximo de incapacidad y se concede cuando la persona necesita la asistencia de otra persona para realizar las actividades más básicas de la vida diaria. Se añade un complemento económico a la pensión del 100% de la base reguladora.
Requisitos para Solicitar la Incapacidad Permanente
Para poder solicitar la pensión por incapacidad permanente, es necesario cumplir con una serie de requisitos que varían según el grado de incapacidad y la situación laboral del solicitante:
- Alta en la Seguridad Social: Es fundamental estar dado de alta en el sistema de la Seguridad Social o en una situación asimilada (por ejemplo, baja médica, excedencia forzosa, maternidad/paternidad, etc.).
- Edad: No se puede haber alcanzado la edad de jubilación ordinaria, ya que en ese caso se accede a la pensión de jubilación.
- Periodo de cotización: Dependiendo de la edad, es necesario haber cotizado un mínimo de tiempo. Por ejemplo, los menores de 31 años deben haber cotizado un tercio del tiempo transcurrido desde los 16 años hasta su edad actual. Para los mayores de 31 años, se exige una cuarta parte del tiempo desde los 20 años hasta su edad actual.
En casos especiales, como enfermedades comunes o accidentes no laborales, es posible solicitar la incapacidad sin estar dado de alta, siempre que se hayan cotizado 15 años, 3 de los cuales deben estar dentro de los últimos 10. En el caso de enfermedades profesionales o accidentes laborales, no es necesario haber cotizado previamente.
Lista de Enfermedades que Dan Derecho a la Pensión
La Seguridad Social no tiene un listado oficial que incluya todas las enfermedades que otorgan derecho a la incapacidad permanente. Sin embargo, sí existen algunas enfermedades comunes que, dependiendo de su gravedad, pueden otorgar el derecho a la pensión. A continuación, te presentamos una tabla con algunas de las enfermedades más comunes:
Enfermedades Físicas | Enfermedades Mentales y Neurológicas |
---|---|
Fibromialgia | Esquizofrenia |
Hernia Discal | Trastorno Bipolar |
Artrosis Cervical | Agorafobia |
Lumbalgia Crónica | Narcolepsia |
Esclerosis Múltiple | Epilepsia |
Enfermedades Hepáticas | Síndrome de Tourette |
Evaluación y Revisión de la Incapacidad
Una vez solicitada la incapacidad permanente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o el Instituto Social de la Marina (ISM) son los encargados de evaluar cada caso de manera individual. Esta evaluación incluye un examen médico que determina el grado de incapacidad y si el solicitante cumple con los requisitos establecidos.
Es importante tener en cuenta que la pensión por incapacidad permanente está sujeta a revisiones periódicas. Esto significa que, anualmente, los organismos competentes pueden evaluar nuevamente al beneficiario para determinar si su estado de salud ha mejorado, empeorado o si se mantiene igual. Dependiendo de los resultados de estas revisiones, la pensión puede ser aumentada, reducida, mantenida o incluso cancelada.
¿Qué hacer en caso de denegación?
En caso de que la solicitud de incapacidad permanente sea denegada, el solicitante tiene derecho a presentar una reclamación. Para ello, es fundamental contar con un informe médico que respalde el estado de salud y, si es necesario, recurrir a asesoría legal especializada en derecho laboral y de seguridad social.
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