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JURISPRUDENCIA
Segurisa Servicios Integrales de Seguridad SA, sobre reconocimiento de derechos y reclamación de cantidad,
que estimaba la pretensión formulada.
SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por la parte demandada, siendo dictada sentencia
por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en fecha 23 de septiembre de 2021, que
desestimaba el recurso interpuesto y, en consecuencia, confirmaba la sentencia impugnada.
TERCERO.- Por escrito de fecha 2 de noviembre de 2021 se formalizó por el letrado D. Juan Manuel Hernanz
García en nombre y representación de Segurisa Servicios Integrales de Seguridad SA, recurso de casación para
la unificación de doctrina contra la sentencia de la Sala de lo Social antes citada.
CUARTO.- Esta Sala, por providencia de 12 de mayo de 2022, acordó abrir el trámite de inadmisión, por falta de
contradicción. A tal fin se requirió a la parte recurrente para que en plazo de cinco días hiciera alegaciones, lo
que efectuó. El Ministerio Fiscal emitió el preceptivo informe en el sentido de estimar procedente la inadmisión
del recurso.
A la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 23 de septiembre de 2021, en la que se confirma el fallo combatido que, con estimación de la demanda, se declara el derecho de los actores a percibir con efectos 1-1-2019 el complemento de puesto de trabajo por importe mensual de 247,28 euros y el valor de la hora extra a razón de 12 euros, condenando a la demandada Segurisa Servicios Integrales de Seguridad SA (SEGURISA) las cantidades de 360,63 euros, 2.801,84, y 1661,82 euros, respectivamente a cada uno de los demandantes y por los periodos de 2019 que allí se detallan.
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