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domingo, 22 de mayo de 2022

Cuánto puede cobrar una persona que se jubila sin haber cotizado 15 años




La duración de la vida laboral de una persona está directamente ligada a la pensión de jubilación que recibirá cuando esta decida dejar de trabajar para dedicar la última etapa de su vida a descansar o disfrutar del tiempo libre con su familia o amistades.

Aunque la Seguridad Social establece que los trabajadores que quieran jubilarse este 2022 tendrán que tener 66 años y dos meses cumplidos y un mínimo de 15 años cotizados, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) también tiene una prestación para aquellos que no alcancen los 15 años cotizados.

Para estos casos, los trabajadores pueden recibir una pensión no contributiva de jubilación (PNC), un tipo de prestación que se hace a través del Imserso y que va dirigida "a todos los ciudadanos mayores de 65 años", aunque "no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva", indican desde la web del Imserso.

Para este año 2022, la cuantía de las pensiones no contributivas "queda fijada en 5.899,60 euros íntegros anuales, que se abonan en 12 mensualidades (421,40 euros) más dos pagas extraordinarias al año", explican.

No obstante, el Imserso aclara que la "cuantía individual actualizada para cada pensionista se establece a partir del citado importe y en función del número de beneficiarios que vivan en el mismo domicilio, de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia, no pudiendo ser la cuantía inferior a la mínima del 25% de la establecida (1.474,90 euros al año, 105,35 euros al mes)".

Además de asegurar una prestación económica, la pensión no contributiva asegura una "asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios".

Requisitos

Entre los requisitos para poder acceder a una pensión no contributiva se encuentran tener 65 años o más, carecer de ingresos suficientes —cuando las rentas sean inferiores a 5.899,60 euros anuales—, y residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.



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