Los escoltas deberán contar con los medios técnicos y materiales propios para el desarrollo de su actividad:
Arma reglamentaria y dotación: será la que en cada momento determine el Ministerio del Interior, conforme a lo que se previene en el Reglamento de Seguridad Privada.
Espejo portátil para inspección de vehículos.
Comunicaciones (telefonía móvil y equipo de radiocomunicación portátiles). La empresa adjudicataria deberá proveer a los escoltas adscritos al servicio de los medios técnicos legalmente establecidos.
Asimismo, asignarán de forma efectiva los medios de transmisión necesarios para establecer las comunicaciones con su base de control operativo, la Dirección de Seguridad de RTVE y la Central Permanente de Seguridad CRTVE (CPS).
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