
LIBRO DE RESOLUCIONES
LA JUNTA DE GOBIERNO P.D. TTE ALCALDE DELEGADO DEL ÁREA DE ECONOMÍA Y COMERCIO, RELACIONES CON LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y AREA METROPOLITANA
Número Fecha
Área de Economía y Comercio, Relaciones con la Comunidad Universitaria y Área Metropolitana. Dirección General de Economía y Comercio. Servicio de Consumo
Expte.: 42-2020-G
En aplicación de lo establecido en el artículo 120 de la LCSP, y conforme al apartado t) de la Resolución del Teniente Alcalde Delegado de 15 de marzo del presente año, en la que se establece que los servicios municipales contratarán por el procedimiento de emergencia para responder a la situación de pandemia, se procede por esta Delegación a iniciar la oportuna tramitación administrativa para la contratación por el procedimiento de emergencia del servicio de vigilancia y seguridad en los mercadillos de venta ambulante de la ciudad de Sevilla, habida cuenta de que esta Área Municipal no dispone de los medios personales y materiales para llevar a cabo la vigilancia de las medidas de seguridad, protección y prevención de la salud de las personas que asistan a los mercadillos de venta ambulante, establecidas por la normativa vigente con motivo de la pandemia ocasionada por el COVID-19; todo ello con el objetivo de recuperar la actividad económica de dicho sector preservando la salud pública y minimizando el riesgo que representa la pandemia, y cuyas especificaciones se indican en la parte dispositiva de esta resolución.
Por lo expuesto, y siendo necesaria la adopción de dichas medidas urgentes, no pudiendo ser retrasadas hasta la celebración de la próxima Junta de Gobierno que se celebre, en uso de las competencias atribuidas mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de la ciudad de fecha 13 de diciembre de 2019, vengo en adoptar la siguiente
Ambulante de la ciudad el pasado 5 de junio.
SEGUNDO.- El plazo de ejecución del contrato comenzará a partir del día 17 de junio de
2020, hasta la aprobación de la modificación presupuestaria que permita la contratación
de este servicio mediante el procedimiento ordinario urgente, y en todo caso, hasta el
próximo 28 de septiembre de 2020.
TERCERO.- Dar cuenta a la Dirección General de Hacienda y Gestión Presupuestaria, de
conformidad con lo dispuesto en los apartados anteriores.
CUARTO.- Dar cuenta a la Junta de Gobierno de la ciudad en la próxima sesión que se
celebre.
DOY FE
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