Desde hace ya bastante tiempo diversas organizaciones y profesionales del sector de la Seguridad Privada vienen denunciando que los denominados "auxiliares de servicios", vienen realizando funciones de Seguridad Privada, una actividad que por Ley solo pueden prestar prestar empresas de Seguridad LEGALMENTE acreditadas por el Ministerio del Interior. Por lo tanto, estas empresas auxiliares están incumpliendo la normativa y cometiendo un fraude al consumidor.
En este sentido, el pasado mes de junio, un empresa de Pontevedra fue sancionada con una multa de 30.100 euros por la Subdelegación del Gobierno en lo que se consideró como un caso de intrusismo en la labor que diariamente realizan las firmas dedicadas a dar cobertura de seguridad privada, al haber llevado a cabo una "prestación de servicios de seguridad a terceros careciendo de la habilitación necesaria". Se trata, en todo caso, de la multa mínima que recoge la normativa vigente para este tipo de supuestos ya que las faltas muy graves pueden llegar a estar castigadas con sanciones de hasta 600.000 euros.
Por ello, a contratar una empresa de seguridad, se debe elegir una empresa autorizada por el Ministerio de Interior y cuyos servicios sean prestados por vigilantes de seguridad debidamente equipados que actúan siguiendo planes de seguridad previamente establecidos.
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