Sanciomado por la colocación de unas cámaras aparecidas en la vivienda del número 3 de Podemos, Pablo Echenique, “que no cuentan con una licencia que las ampare, y que instaló tras trasladarse al distrito”.
Estos dispositivos deben cumplir con una normativa, en concreto, el artículo 42 de la Ley de Seguridad Privada que establece que “no se podrán utilizar cámaras o videocámaras con fines de seguridad privada para tomar imágenes y sonidos de vías y espacios públicos“.
Asimismo, por su parte, la Agencia Española de Protección de Datos ha determinado en su resolución R/00818/2012 que “el tratamiento de imágenes en lugares públicos sólo puede ser realizado por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, salvo que concurra autorización gubernativa”.
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