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jueves, 15 de febrero de 2018

Intervención de Armas de la Guardia Civil, en el que se realizaban dos consultas sobre el ejercicio de tiro, os adjuntamos la respuesta oficial recibida:

En relación con el escrito remitido por la Federación de Servicios Privados el pasado 25 de septiembre al área de Intervención de Armas de la Guardia Civil, en el que se realizaban dos consultas sobre el ejercicio de tiro, os adjuntamos la respuesta oficial recibida: Primera consulta: Ejercicio de tiro Si un Vigilante de Seguridad realiza un solo ejercicio de tiro obligatorio cada 14 meses, ¿puede prestar servicio armado, o necesita realizar un segundo ejercicio antes de prestar dicho servicio? Contestación: Suponiendo que la licencia de armas tipo C está actualizada y el Vigilante de seguridad no presta servicio con armas, una vez efectuado el ejercicio con resultado positivo y no hayan trascurrido más de 14 meses desde el último ejercicio de tiro obligatorio, se entiende que el VS puede prestar servicio con armas. Únicamente, si no alcanza el resultado positivo del ejercicio, es cuando podrá realizar un ejercicio de recuperación. Por su parte, si el VS presta servicio con armas, es cuando debe realizar el ejercicio de tiro obligatorio, con carácter semestral. Segunda consulta: renovación de licencia tipo C Hay empresas que se niegan a facilitar el certificado de empresa a la hora de renovar las licencias de armas tipo C, como corresponde al Vigilante de Seguridad. Si un Vigilante de seguridad con la nómina anterior al vencimiento de la fecha de la licencia de armas o documentación oficial que avale que está dado de alta en dicha empresa, ¿es documentación suficiente para poder renovar la licencia? Contestación: Las armas amparadas por la licencia tipo C son propiedad de la empresa de seguridad y que ésta, y no sus VS, la que solicitan dicha licencia. Esta licencia no está sometida a plazo de validez temporal, por lo que no caduca ni tiene que ser renovada, estando únicamente condicionada a los requisitos exigidos para su concesión. Para el mantenimiento de la licencia de armas tipo C, el VS debe superar anualmente los ejercicios de tiro y, cada dos o cinco años, según la edad, las pruebas psicotécnicas.
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