En el auto, que puede ser recurrido, la magistrada explica que la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) contempla la posibilidad de que puedan acordarse medidas cautelares de protección para el perjudicado.
A este respecto, señala que, en los delitos contra el patrimonio, el juez o tribunal podrá, de forma motivada y cuando resulte estrictamente necesario para la protección de la víctima, imponer cautelarmente al inculpado la prohibición, entre otras, de acudir a determinados lugares, barrios, municipios, provincias u otras entidades locales, o comunidades autónomas, o de aproximarse o comunicarse, con la graduación que sea precisa, a determinadas personas.
En el caso concreto, indica la juez, procede imponer al investigado la prohibición de entrar en cualquier establecimiento Hipercor de Navarra "atendiendo a que tan solo hace dos semanas fue detenido por el mismo motivo (intento de hurto de dos jamones del mismo importe en igual establecimiento), así como a sus antecedentes penales por hurto, por los que incluso tiene una pena de prisión suspendida".
La juez estima que, debido al delito imputado y las penas previstas, procede decretar la libertad provisional del encausado, al que no obstante impone la obligación de comparecer en el juzgado cuantas veces fuera llamado.
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