REQUISITOS A CUMPLIMENTAR EN CADA SOLICITUD DE ACREDITACIÓN DE PROFESOR SEGÚN LOS CRITERIOS ESTABLECIDOS POR LA COMISIÓN DE VALORACIÓN DEL PROFESORADO DE CENTROS DE FORMACIÓN Y ACTUALIZACION DEL PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA. - SEGURIDAD Y EMPLEO

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jueves, 25 de enero de 2018

REQUISITOS A CUMPLIMENTAR EN CADA SOLICITUD DE ACREDITACIÓN DE PROFESOR SEGÚN LOS CRITERIOS ESTABLECIDOS POR LA COMISIÓN DE VALORACIÓN DEL PROFESORADO DE CENTROS DE FORMACIÓN Y ACTUALIZACION DEL PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA.


REQUISITOS A CUMPLIMENTAR EN CADA SOLICITUD DE ACREDITACIÓN DE
PROFESOR SEGÚN LOS CRITERIOS ESTABLECIDOS POR LA COMISIÓN DE
VALORACIÓN DEL PROFESORADO DE CENTROS DE FORMACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA.

1. REQUISITOS COMUNES A TODOS LOS SOLICITANTES.


- Instancia personal especificando el módulo o Área, asignatura o materia concreta para
la/s que solicita acreditación.
- Domicilio y teléfono del solicitante a efectos de notificación o contacto.
- Fotocopias compulsadas de las titulaciones.
- Pago de Tasas. Todas las solicitudes irán acompañadas del justificante de pago de
Tasas (ejemplar para la Administración, Mod. 790, código 015, facilitado en
Dependencias Policiales), previstas en la Ley 13/1996, ajustándose a las siguientes


Resultado de imagen de seguridad privada
normas:
A) Por acreditación de Profesor, 52,85 Euros, a ingresar en Bancos, Cajas de Ahorro y
Cooperativas de Crédito, utilizando el documento homologado de ingreso del
Ministerio del Interior, Mod. 790, tasa 015, Tarifa undécima.
B) Y por cada compulsa de documento, 3,80 Euros. Por cada página del documento a
compulsar, la cuantía exigible se incrementará en 1,89 Euros, a ingresar asimismo
en la forma establecida en el apartado A, señalado en el recuadro correspondiente
que se trata de la Tarifa decimocuarta.

 En cada compulsa deberá constar el nombre y apellidos del funcionario que la realice


2.- REQUISITOS ESPECÍFICOS

• Para los solicitantes comprendidos en el apartado 1 del Anexo 2 de la Orden
INT/318/2011 de 1 de febrero (B.O.E. Num.42 (18-02-2011), sólo titulación o fotocopia
compulsada de la misma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35 c de la Ley
30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común.
Para los que aleguen otras titulaciones no directamente relacionadas con la asignatura
de que se trate, o bien de las que no exista titulación de grado superior, además de lo
exigido en el párrafo anterior, acompañarán certificación de la Universidad o Centro
docente en la que consten todas las materias académicas que componen la titulación.

• Para los solicitantes de módulos, asignaturas o materias no recogidas específicamente
en el Sistema Educativo General Público (punto 2 del Anexo 2 de la Orden
INT/318/2011 de 1 de febrero, habrá de aportar:
- Memoria pedagógica en la que se explicite la forma en que se pretende abordar la
impartición de la materia que se solicita.
- Curriculum comprensivo de los conocimientos relacionados con la materia solicitada. En
todo caso, se tendrá en cuenta la experiencia práctica de los aspirantes en el ejercicio
de funciones relacionadas con la seguridad.
 Solicitantes de varios módulos, asignaturas o materias:

- Deberán aportar para cada una de ellas la documentación específica exigida en los
apartados anteriores.

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