PRIMERO.- En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 17 de julio de 2019 cuya parte dispositiva dice:
ESTIMAR la demanda presentada por D. Juan Francisco contra Ilunion Seguridad SA y DECLARAR el derecho del Sr. Juan Francisco a la reincorporación preferente a Ilunion Seguridad SA.
SEGUNDO.- En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes:
PRIMERO.- D. Juan Francisco , con DNI NUM000 y NASS NUM001 , ha venido prestando servicios retribuidos con una antigüedad de 23/10/84 y categoría de vigilante de seguridad al servicio y bajo la dependencia de Eas Tecno System
S.L. El último salario percibido en febrero de 2015 fue de 47,92 euros diarios por todos los conceptos y con prorrata de pagas extraordinarias.
SEGUNDO.- El 23/01/15 el Sr. Juan Francisco comunicó a Eas Tecno
System S.L. su intención de pasar a situación de excedencia por cuidado de su esposa entre el 21/02/15 y el 20/02/16; la empresa le reconoció su derecho por escrito de 20/02/15.
TERCERO.- El 01/07/15 Vinsa (actual
Ilunion Seguridad SA) se subrogó en la posición de Eas Tecno System S.L. en relación con el trabajador Sr. Juan Francisco .
CUARTO.- Por acuerdo suscrito con Ilunion Seguridad SA, el Sr. Juan Francisco prorrogó su situación de excedencia por cuidado de familiar entre el 21/02/16 y el 20/02/17.
QUINTO.- El 25/01/17 el Sr. Juan Francisco remitió a Ilunion la siguiente solicitud: Se da por reproducido el cuadro que consta
en la sentencia de primera instancia.
SEXTO.- En fecha no acreditada Ilunion entregó a la firma del Sr. Juan Francisco , fuera del centro de trabajo y de forma precipitada, el siguiente documento:
📌#Sentencia de Octubre del 2019 contra @ILUNION de un vigilante de seguridad en excedencia al que no querían aceptar el reingreso. ¿ Que opinan de la sentencia pic.twitter.com/sbJuBXlmqk— Seguridad Y Empleo (@SeguridadEmpleo) December 1, 2019
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